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Acerca del SIACAP


SI AHORRA…CAPITALIZA
SIACAP

SIACAP, qué es, a quiénes y en qué beneficia. Son preguntas que constantemente se plantea quien por primera vez escucha hablar de esta entidad.

Además de constituirse en una importante reforma de la Administración Pública que introdujo significativas innovaciones en el sistema de pensiones complementarias para los trabajadores del sector gubernamental, el SIACAP es el ente fiscalizador y el motor que impulsa, incentiva y promueve el ahorro entre los funcionarios y ex funcionarios públicos.

El Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos, (SIACAP) fue creado mediante la Ley 8 de 6 de febrero de 1997. Con esta legislación se eliminaron las leyes de jubilaciones especiales, pero la misma norma establece que sólo la Fuerza Pública y los miembros del Cuerpo de Bomberos se regirán por un régimen de jubilación especial.

El sistema está enfocado en otorgar beneficios adicionales a las pensiones de invalidez permanente, incapacidad permanente absoluta por riesgo profesional y de vejez, que se conceden a los servidores públicos de acuerdo a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social.
Funciona a base de cuentas individuales cuyo ahorro se capitaliza diariamente de acuerdo al rendimiento obtenido por las administradoras y su valorización se obtiene según los precios que dicte el mercado de las inversiones.

Un punto a destacar en esta legislación, es el permitir que los recursos del SIACAP tengan un efecto positivo en el mercado de valores, al poder invertir sus fondos en diversos instrumentos financieros, incluyendo el sector privado, lo que se traduciría en más ingresos para los afiliados al Sistema.

La aportación mínima del 2% del salario del servidor público en sus inicios fue voluntaria, sin embargo es obligatoria a partir de enero de 2002, como lo dispuso el artículo 2 de la Ley 29 de 3 de julio de 2001, la cual estableció que toda persona que ingrese o reingrese a la fuerza laboral del sector gubernamental a partir del año 2002 y que por cualquier circunstancia cese sus labores, podrá optar por la devolución de la totalidad de sus aportes al sistema y sus rendimientos de este período en la cual la cotización es obligatoria; lo que representa una prima de antigüedad para el funcionario.

Aunque los fondos del SIACAP son operados por la empresa privada, los mismos están bajo estricta vigilancia del Consejo de Administración (CODA) que actúa como ente regulador y a quien le corresponde la tarea de seleccionar, de acuerdo a la legislación vigente, los pliegos de precalificación y de licitación y como legislación supletoria de la Ley 22/06 de Contrataciones Públicas, a las entidades que se encargarán de la apertura, registro y pago de las cuentas individuales y de la administración de los recursos del SIACAP por un período de cinco años.

BONDADES DEL SIACAP

· Prima de antigüedad para los que cotizan obligatorio

· Con las cuentas individuales tu saldo te pertenece, recuperas lo aportado y más

· El cotizante recibe muy buenos rendimientos

· El ex servidor público no pierde lo aportado

· Su cuenta individual es inembargable

· Los aportes no tienen límites

· El Estado incentiva al cotizante

· En caso de que fallezca el afiliado el saldo no se pierde, se favorece a los beneficiarios designados, el que posea pensión de sobrevivencia o a los herederos

¿Qué es una cuenta individual en un Sistema de Pensiones?

Es como una cuenta de ahorro donde se registran tanto los ingresos como los gastos de un afiliado al Sistema, incluyendo la rentabilidad que proviene de las inversiones que hacen las administradoras de los fondos. No debe confundirse en ningún momento con la misma información de otros individuos que están dentro del mismo Sistema. La cuenta individual se valoriza diariamente a precio de mercado antes del cobro de comisiones.

En el caso del SIACAP, al funcionario se le hace un descuento mínimo del 2% de su salario mensual. Por su parte, el Estado, con el propósito de incentivar el ahorro en los servidores públicos, les hace un aporte mensual que corresponde al 0.3% de su salario.

El aporte del Estado cumple otra función a destacar, pagar el 100.0% de las comisiones por servicios de la Entidad Registradora Pagadora (ERP) y de la Entidad Administradora de Inversiones (EAI), quedando un excedente a favor del afiliado.

Una cuenta individual permite al afiliado mantener un ahorro que se capitaliza diariamente, por lo que muchos optan por ahorrar más del 2% obligatorio, ya que los beneficios que se obtienen son muchos y la seguridad en el manejo de las inversiones está garantizado por la misma legislación, la cual contempla que los fondos del SIACAP sólo pueden invertirse dentro de los parámetros que establece la ley. Por ejemplo, se contratan empresas especializadas para realizar las inversiones, se da seguimiento constante al comportamiento del portafolio de inversiones, se exige grado de inversión en los instrumentos comprados y la diversificación de la cartera está diseñada con el objetivo acorde con ahorros para pensiones; en resumen, las inversiones son de poca volatilidad y con visión de largo plazo.

Requisitos para ser afiliados

Los requisitos para formar parte del sistema son muy sencillos:

· Haber cotizado por lo menos una vez al sistema o al fondo complementario de prestaciones sociales, sin distingo de ser funcionario o ex funcionario público, siempre y cuando no haya recibido beneficio alguno con cargo a estos.

· No estar afiliado a ningún otro plan de pensión especial o retiro anticipado de carácter público, como por ejemplo: Leyes especiales de jubilación o el plan de retiro autofinanciado - PRAA

¿Qué diferencia existe entre ser un Afiliado y ser un Cotizante?

Debemos tener claro que no es lo mismo ser un afiliado al Sistema que un cotizante. Afiliados son todos los servidores públicos y ex servidores públicos que poseen una cuenta individual en el Sistema, por haber realizado aportes al SIACAP. En cambio, Cotizante es todo aquel afiliado que se mantiene realizando aportes al SIACAP.

Condiciones para cobrar SIACAP

Para hacer efectivo el retiro del ahorro de su cuenta individual se debe cumplir con ciertos recursos, como por ejemplo:

· Estar pensionado por la CSS por invalidez permanente o incapacidad absoluta por riesgo profesional

· Haber cumplido la edad que requiere la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social para ser pensionado por vejez.

· Estar cesante después del año 2002

El afiliado puede solicitar que los recursos de su cuanta individual sean entregados en un solo pago, en pagos periódicos o para comprar un seguro de renta vitalicia que le permita que los pagos sean mensuales por el resto de su vida.

El sistema también contempla que en caso del fallecimiento del afiliado, el saldo de la cuenta individual lo recibe quien o quienes hayan sido designados como beneficiarios; sin embargo, de no existir un beneficiario designado, el saldo de la cuanta será distribuido entre los familiares del afiliado que obtengan una pensión de sobrevivencia de la CSS.

Retos y Proyectos

En la actualidad existen una serie de retos y proyectos contemplados para el mejoramiento y fortalecimiento del sistema, entre ellos:

· La ejecución de una auditoría del SIACAP para el período 2009 – 2012

· La presentación de un proyecto de Ley ante el Ejecutivo que modifica la actual normativa del SIACAP y que contempla entre otros: nuevos productos previonales a favor del afiliado, un procedimiento sancionatorio claro en contra de quien incumpla la Ley del sistema. Se pretende verificar el tema de inversiones e incluir una supervisión basada en riesgo.

· La creación de una nueva página web interactiva, que mantenga al afiliado actualizado y a la vez le permita realizar consultas y reclamos vía web. El afiliado podrá participar de foros en materia previsional, de información actualizada de las tendencia internacionales en materia de pensiones, al igual que en video conferencias con exposiciones magistrales.

· Inducción sostenida para el personal y capacitación continua, que permita mayor grado de especialidad, que redunde en la calidad de servicio que se le brinda al afiliado.

· Fiscalización en línea y en tiempo real de las operaciones de las entidades que trabajan para el sistema (ERP y EAI), lo cual permitirá una capacidad de respuesta más rápida, transparente y eficiente a las solicitudes de los afiliados.

Si bien es cierto, como dijimos al principio, el SIACAP se ha convertido en el motor que tiene el Estado para promover el ahorro entre los servidores públicos, el éxito del sistema dependerá en gran medida de la confianza, respaldo y fidelidad de los afiliados, que entiendan que más que un descuento obligatorio es un seguro para el futuro y un respaldo económico si deja de ser un funcionario.


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