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Es el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos creado mediante la Ley 8 del 6 de Febrero de 1997. Tiene como objetivo otorgar beneficios adicionales a las pensiones de invalidez permanente, incapacidad permanente absoluta por riesgo profesional y de vejez que se concedan al servidor público de acuerdo con la Ley Orgánica de la Caja del Seguro Social. |
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BONDADES DEL SISTEMA
- Prima de Antigüedad (para los que entraron a formar parte del Sistema a partir del 1 de enero de 2002)
- Cuenta Individual (tu saldo te pertenece, recuperas lo aportado y más)
- Buenos rendimientos (7.9%)
- El ex servidor público no pierde lo aportado
- Su cuenta individual es inembargable
- Tu cuenta individual es heredable (en caso de que el afiliado fallezca, el saldo de su cuenta no se pierde, se favorece a los beneficiarios designados, el que posea pensión de sobrevivencia o a los herederos).










